Este miércoles, la Asociación de Bancos de México (ABM) anunció que para hacer uso de los servicios de los bancos a través de canales digitales, los clientes y usuarios deberán permitir la geolocalización del dispositivo que se esté utilizando para realizar tales actos.
De acuerdo con el comunicado de la ABM, a partir del 23 de marco de este año, “como parte del cumplimiento del marco legal en materia de prevención de Lavado de Dinero y Combate al Financiamiento del terrorismo del país”, los bancos se verán en la obligación de obtener y conservar la ubicación en tiempo real de los dispositivos que utilicen sus usuarios.
Esta decisión tiene lugar a partir de la Resolución reformada de las Disposiciones de carácter general a las que se refiere el artículo 114 de la Ley de instituciones de Crédito, mismas que fueron publicadas el 22 de marzo de 2019 en el Diario Oficial de la Federación. Ahora, estas disposiciones están a punto de entrar en vigor.
Comunicado de prensa. Para seguir disfrutando los servicios de los bancos a través de canales digitales, a partir del 23 de marzo de 2021, previo a la apertura de cuentas, celebración de contratos y la realización de operaciones o servicios de forma remota, pic.twitter.com/RruTEVXU9W
— Asociación de Bancos de México (@AsocBancosMx) March 18, 2021
Con esta nueva disposición, al abrir una cuenta, celebrar algún contrato, o realizar alguna operación o servicio, los clientes y usuarios deberán dar consentimiento sobre su ubicación y acceder a las actualizaciones y/o permisos de los servicios digitales de los bancos. Hay que recordar que los términos y condiciones de accesibilidad a la información son definidos por cada institución financiera.
Si bien esta medida tiene como objetivo poder tener mayor control respecto a las transacciones habrá que saber cómo es que se desarrollará la medida si los delincuentes llegan a utilizar simuladores de ubicaciones.
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