Gracias a un nuevo dictamen que modificará la legislación actual, Uber, Cabify o tras empresas de transporte compartido, podrán ingresar y operar en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM). Las recomendaciones hechas a los artículos 36, 47, 47 Bis y 47 Ter de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal están hechas para apegarse a las recomendaciones de la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE).
Básicamente, la COFECE recomendó que se permitiera la barrera a este tipo de servicios de transporte, en todos los aeropuertos nacionales. Para que esto suceda, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes deberá otorgar un permiso a estas empresas, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos. Y, aunque la recomendación fue hecha a nivel nacional, sólo en la Ciudad de México se expeditó la votación al respecto.
Un detalle interesante es que todas las plataformas que sean aprobadas pasarán a un régimen especial, ya que, a diferencia de los demás servicios tradicionales de transporte, “no requerirán de capacitación o licencia federal para prestar el servicio. Los vehículos en los que se brinde el servicio no requerirán de permiso, verificación técnica, tarjeta de circulación, calcomanía ni placas de servicio federal, emitidos por la Secretaría, siempre y cuando la capacidad del vehículo sea menor a nueve pasajeros.”
Por su parte, el secretario de la Comisión de Transporte, Arturo Santa Alfaro, del PRD, aseguró que la reforma será negativa y que lo que propone “se trata un equivocado régimen de excepción, para regular este tipo de transporte, no varios legisladores no compartimos, pues no se les exigirá una licencia federal, como a los transportes actuales del AICM, se les exime de un pago de seguro, de que tengan sus choferes pruebas físicas y mecánicas, se les evitan verificaciones federales, no pagarán impuestos, entre otros privilegios.”
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