A muchos nos ha tocado que un poli gandalla quiera asustarnos, y a veces no nos damos cuenta de que lo hace rompiendo la ley. Aquí te dejo algunos ejemplos de situaciones y argumentos que debes utilizar para que los azules no se pasen de lanza contigo.
Situación 1
Un oficial te pide tus papeles (IFE/INE, licencia de conducir o tarjeta de circulación) sin que hayas cometido un delito o sin tener una orden ministerial.
La Constitución dice:
Artículo 16. Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.
Situación 2
Estás con tus cuates en un lugar público platicando casual y una patrulla les dice que se vayan o se dispersen sin razón alguna.
La Constitución dice:
Artículo 9. No se podrá coartar el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto licito; pero solamente los ciudadanos de la República podrán hacerlo para tomar parte en los asuntos políticos del país. Ninguna reunión armada tiene derecho de deliberar.
No se considerará ilegal, y no podrá ser disuelta una asamblea o reunión que tenga por objeto hacer una petición o presentar una protesta por algún acto a una autoridad, si no se profieren injurias contra ésta, ni se hiciere uso de violencias o amenazas para intimidarla u obligarla a resolver en el sentido que se desee.
Situación 3
Un oficial te detiene por alguna razón y tú le solicitas su nombre o número de placa, pero se rehúsa a dártelo, como ya ha hemos visto en varios videos, donde ciudadanos graban a oficiales haciendo su deber.
La Ley De Seguridad Pública del Distrito Federal dice:
ARTICULO 10. Los elementos de los Cuerpos de Seguridad Pública deberán portar su identificación oficial y exhibirla al ejercer funciones propias de su cargo.
Situación 4
Estás grabando a algún funcionario público o estás expresando ideas u opiniones, y a un oficial no le parece que grites que lo que hace es ilegal. No recomiendo que hagas eso, pero es perfectamente legal.
La Constitución dice:
Artículo 6. La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley. El derecho a la información será garantizado por el Estado.
Artículo 7. Es inviolable la libertad de difundir opiniones, información e ideas, a través de cualquier medio. No se puede restringir este derecho por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares, de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios y tecnologías de la información y comunicación encaminados a impedir la transmisión y circulación de ideas y opiniones.
Básicamente, estos son los puntos que debes considerar y tener en mente siempre:
- Tienes todo el derecho a grabar a funcionarios públicos mientras no entorpezcas su labor
- Los funcionarios públicos tienen la obligación de proporcionar su nombre
- Puedes hacer uso de cualquier área pública pacíficamente e ilimitadamente, siempre y cuando no se viole ninguna ley estatal o federal
- Tienes el derecho de mantener tus datos privados y nadie te puede obligar a entregar alguna clase de identificación sin los requisitos que describe el artículo 16 de la Constitución
- Nadie puede registrar tu vehículo o persona sin tu consentimiento o una orden escrita de la autoridad pertinente
Como último consejo, te sugiero que le des una leída a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y a la Ley local del lugar donde vives. Recuerda que para hacer valer tus derechos, tienes que conocerlos.
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